Guía 2026
Diferencia entre finiquito e indemnización por despido
Actualizado el 15 de septiembre de 2026
Si te han despedido o estás valorando una baja, “finiquito” e “indemnización” no son lo mismo. Se aplican a conceptos distintos y se calculan de forma diferente. Te lo aclaramos.
El finiquito: lo que SIEMPRE se cobra
El finiquito se abona siempre que terminas una relación laboral, incluso en baja voluntaria. Incluye tres partidas:
- Salario pendiente del mes en curso hasta la fecha de baja. Si te despiden el día 18 de un mes de 30, te corresponden 18/30 partes de tu salario mensual.
- Vacaciones devengadas y no disfrutadas. Por ley, 30 días naturales al año (2,5 días por mes trabajado). Si no las has agotado, se pagan.
- Parte proporcional de pagas extras si no están prorrateadas. Calculada por los meses trabajados dentro del semestre natural correspondiente.
IMPORTANTE: el finiquito no es una indemnización. Es una liquidación de cantidades devengadas y no cobradas.
La indemnización: depende del motivo
La indemnización depende de por qué se rompe la relación:
| Motivo | Días por año | Tope |
|---|---|---|
| Baja voluntaria | 0 | — |
| Despido disciplinario declarado improcedente (post 12-02-2012) | 33 | 24 mensualidades |
| Despido objetivo (art. 52 ET) | 20 | 12 mensualidades |
| Fin de contrato temporal | 12 | — |
| Despido improcedente con antigüedad mixta (parte anterior al 12-02-2012) | 45 por la parte anterior, 33 por la posterior | 42 mensualidades (global) |
Cómo se calcula la indemnización
Indemnización = Años trabajados × Días por año × Salario regulador diario
El salario regulador diario se calcula dividiendo el salario anual (incluyendo pagas extra) entre 365. Si cobras 28.000 € brutos en 14 pagas, tu salario anual es 28.000 € y tu salario regulador diario es 76,71 €/día.
Ejemplo
Si te despiden improcedentemente tras 3 años con 28.000 € brutos:
3 × 33 × 76,71 = 7.594,29 € de indemnización, antes de aplicar topes.
Fiscalidad de la indemnización
La indemnización obligatoria (la legal, no la que pactes por encima) está exenta de IRPF hasta 180.000 € cuando el despido improcedente se reconoce en conciliación o sentencia. Cualquier importe por encima tributa como rendimiento del trabajo.
La empresa puede ofrecerte una indemnización superior a la legal (indemnización “mejorada”) por la que tendrás que tributar normalmente.
Plazos importantes
- Impugnación del despido: 20 días hábiles desde la fecha efectiva (art. 59.3 ET).
- Liquidación y finiquito: debe entregarse en la fecha de baja y, si no se firma al momento, queda a disposición del trabajador.
¿Y si me quieren obligar a firmar?
Antes de firmar cualquier documento:
- Lee cada línea y asegúrate de entender las cuantías.
- Si la indemnización no coincide con la legal, pregunta por qué.
- Puedes firmar “no conforme” y reservar tu derecho a reclamar.
Hazlo en segundos
La calculadora de finiquito y despido separa automáticamente finiquito y indemnización según el tipo de despido, incluye el cálculo de mixto (pre/post 2012), la prorrata de pagas extra y vacaciones devengadas, y te indica la parte exenta de IRPF.
Resumen
| Concepto | Cuándo | Qué incluye |
|---|---|---|
| Finiquito | Siempre | Salario pendiente + vacaciones + pagas extras |
| Indemnización | Solo en despidos objetivo/improcedente o fin de temporal | Salario × años × días/año según tipo |
Confundirlos es una fuente habitual de malentendidos. Pide desglose siempre.